Alimentos
perecederos
No todos los
vehículos son apropiados para el transporte de mercancías perecederas a fin de
mantener la temperatura establecida legalmente para conservar el alimento en
condiciones inocuas y aptas para su consumo. La norma define la siguiente
tipología de vehículos de transporte:
·
Vehículo isotermo: vehículo cuya caja está construida
con paredes aislantes, incluidos las puertas, el suelo y el techo, que limita
el intercambio de calor entre el interior y el exterior.
·
Vehículo refrigerado: vehículo isotermo que, gracias a
una fuente de frío, permite reducir la temperatura del interior de la caja
vacía, y de mantenerla después para una temperatura exterior media de 30°C a
-20°C como máximo, según la clase de vehículos refrigerados que se establecen.
·
Vehículo frigorífico: vehículo isotermo que incorpora un
dispositivo de producción de frío, y permite, con una temperatura media
exterior de 30°C, reducir la temperatura del interior de la caja vacía y de
mantenerla de forma permanente entre 12 ºC y -20 ºC, dependiendo de la clase de
vehículo para esta categoría.
·
Vehículo calorífico: vehículo isotermo provisto de un
dispositivo de producción de calor que permite elevar la temperatura en el
interior de la caja vacía y mantenerla después durante doce horas, por lo
menos, sin repostado a un valor prácticamente constante y no inferior a 12°C.
El control de
la conformidad de los vehículos especiales destinados al transporte
internacional de mercancías perecederas deberá hacerse antes de su puesta en
servicio y, periódicamente, al menos cada seis años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario